Chile: Corte de Apelaciones de Valparaiso busca detener investigación de violación a Derechos Humanos en buque Esmeralda
DD.HH.: ESMERALDA: LA DECISIÓN DE LA CORTE DE APELACIONES DE VALPARAÍSO ES PELIGROSA
Enviado el Miércoles, 19 diciembre
El Director de Amnistía Internacional – Chile, Sergio Laurenti, dijo hoy que la resolución emitida por la Corte de Apelaciones de Valparaíso podría facilitar la impunidad de los responsables de violaciones a los Derechos Humanos, en uno de los casos más emblemáticos como el de arrestos, maltrato y torturas a bordo del buque-escuela “Esmerada”.
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Para el ejecutivo de la entidad humanitaria, la resolución de la justicia chilena busca imponer “un estrecho limite temporal a las investigaciones judiciales sobre detenciones arbitrarias, torturas, desaparición forzada y otros graves crímenes de lesa humanidad”, dijo hoy Sergio Laurenti, Director de Amnistía Internacional - Chile.
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La resolución de la Corte de Apelaciones de Valparaíso es contraria a normas nacionales e internacionales y afecta la búsqueda de la verdad y la acción de la justicia en Chile, en uno de los casos emblemáticos de violaciones de Derechos Humanos, como el de arrestos, maltrato y torturas a bordo del buque-escuela “Esmerada”.
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Al imponer un plazo máximo para las investigaciones, la Corte de Apelaciones de Valparaíso pretende involucrarse en los procesos de casos concretos que están bajo la competencia directa de la jueza Eliana Quezada, acción estrictamente contraria a la Constitución.
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Dicha resolución conlleva un agravio al principio básico de "independencia" de los jueces, desconociendo entre varios estándares internacionales de Derechos Humanos, el que establecen los Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura al señalar que los jueces deben resolver "los asuntos que conozcan (...) sin influencias (...), presiones, amenazas o intromisiones indebidas (...) de cualesquiera sectores o por cualquier motivo"
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Esta resolución perjudica el proceso judicial de numerosos delitos de lesa humanidad, como por ejemplo los referentes a la desaparición forzada. En este sentido, el Artículo 17.1 de la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas 18 de diciembre de 1992, establece: "todo acto de desaparición será considerado delito permanente mientras sus autores continúen ocultando la suerte y el paradero de la persona desaparecida y mientras no se haya esclarecido los hechos"
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"La desaparición forzada de personas es un delito permanente. La razón fundamental de los retrasos en los procesos judiciales es la clara falta de cooperación de los presuntos responsables. La decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso a no hace más que trasformar el delito de desaparición forzada en un crimen que puede quedar impune”, dijo Amnistía Internacional.
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Santiago de Chile, 19 de diciembre 2007
Crónica Digital
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