Chile - El pasado noviembre Municipalidad de Recoleta condenada por vulnerar derechos fundamentales de sus trabajadores

Posted by Correo Semanal on lunes, febrero 23, 2015

El Segundo Juzgado Laboral dictó Sentencia en Juicio 

Jaime Constanzo Jueves 13 de Noviembre del año 2014
Nuevamente administración comunal de Daniel Jadue es condenada a pagar millonaria indemnización por acosar y maltratar a funcionaria municipal.
Esta vez los hechos vejatorios en contra de funcionaria municipal, ocurrieron en las dependencias del consultorio de Recoleta.
Lo mas grave que la directora de dicho establecimiento de salud, Doña Claudia Ledezma, ya tenía sumarios administrativos por hechos similares.
El fallo fue categórico al señalar que se humilló, denostó y maltrató psicológica y sistemáticamente a la funcionaria municipal que demandó a la Municipalidad, Yisley Gómez, asistente social, quien tuvo como abogado a Don Cristián Rodrigo Hidalgo Morales. La Causa es la ROL T-329-2014, caratulada "Gómez con I. Municipalidad" el fallo es de fecha 28 de octubre y condena a dicho municipio a pagar cerca de $ 7.300.000 en indemnizaciones a la trabajadora afectada.     Uno de los párrafos relevantes del fallo señala expresamente que:
 "...de lo expuesto es posible concluir que la actora sí estuvo expuesta a agentes estresores provocados por su Jefa Ledezma, que se observa en acciones hostiles como cambiarla de oficina, hacerla compartir un computador, cambiarla de casillero, acciones respecto de las cuales la demandada no ha esgrimido justificación alguna, salvo negarlas. La propia Ledezma en estrados manifiesta una mala actitud en relación a la demandante que se expresa en frases como que no era eficiente o no era tan buena, apreciaciones de la jefa que no se encuentran amparadas por ningún documento de la entidad más aún cuando ella misma declara que las evaluaciones las hace el servicio. Por otro lado la testigo Parra relata estas situaciones y señala haber visto a la demandante nerviosa, llorando en la reunión en que todas fueron citadas.
            Que estos conflictos se originan con dos sucesos más menos coetáneos, el primero con la ascensión en cargo de la Sra. Ledezma, diciembre de 2013 y las dificultades laborales de la hermana de la actora, lo que provocan estos cambios inexplicables en cuanto a la forma y manera en que la demandante estaba acostumbrada a trabajar y sin que hubiere habido un diálogo mediante para fundamentar las decisiones de la jefatura. Que este hecho al parecer han producido acciones en contra de la Sra. Ledezma como lo relataron los dos testigos de la demandante al referir que se está iniciando un sumario administrativo en contra de la misma por malos tratos.
            Por este mismo periodo se inician los comentarios respecto a la estabilidad de la demandante en su contrato y finalmente se decide no renovar la contratación acción que a juicio de este tribunal es el último acto de acoso en contra de la trabajadora, pues no existe una fundamentación objetiva para que una persona que llevaba cerca de tres años en el servicio no se le renovara su contratación, más que las subjetivas opiniones de su ex jefa que califica de no tan buena y poco eficiente la labor de la demandante.
            Que a juicio del tribunal no se debe a un hecho aislado, sino que se han producido una serie de acciones constitutivas de acoso en un espacio inferior a un mes pero de tal intensidad que ha provocado las angustias y cuadros ansiosos como se describe por el médico psiquiatra que atendió a la demandante.
            Que en consecuencia se dará lugar a la acción de tutela impetrada...".
No deja de llamar la atención que, una vez conocido el Fallo, en la redes sociales que han difundido el mismo (como "Recoleta Ciudadano" y otras), conocidos funcionarios municipales y militantes "comunistas" (a lo menos eso dicen ser), se hayan lanzado desesperadamente a declarar que todo sería "una mentira" y "un montaje", como si el Poder Judicial se prestara para patrañas y pequeños líos de feudos políticos. Lo cierto es que la Sentencia existe y cualquier persona puede consultarla en la página web www.poderjudicial.cl sección "búsqueda de causas" con los datos aquí aportados.   
También llama la atención que, hasta ahora, ninguna organización sindical se haya pronunciado al respecto, a pesar de la importancia que reviste este fallo; y de que cuando se inició este juicio se informó del mismo a muchas organizaciones, a fin de que difundieran este caso; algunas de las cuales, como la CGT, se ampararon en excusas pueriles para no dar a conocer esta situación de abuso laboral y prepotencia de la autoridad, hoy ratificada por una sentencia de un Juez del Trabajo, ni más ni menos. Es fácil llenarse la boca con la "solidaridad de clase" y el sindicalismo "consecuente" y, en los hechos, actuar como obsecuentes y cobardes; cómplices por omisión de estos abusos...                 
Esperemos que esta contundente sentencia haga reflexionar a las autoridades concertacionistas de Recoleta y de otros municipios. Los derechos de los trabajadores están por encima de las autoridades de turno, sus ideologías y sus partidos!!!

Jaime Constanzo ( jconstanzon2012gmail.com )