A propósito del “Record de ganancias de las Isapres”
Escrito por Mario Mayer
Director de la Confederación de Sindicatos
Bancarios y Afines.
Al artículo sobre el “Record de ganancias de las Isapres” se puede agregar que: El promedio que se cotiza mensualmente es el
9,8% de la renta de los afiliados y NO el 7%. (datos estadísticos entregados
por organismos competentes).
A los abogados ya no les
interesa tomar estos casos por el sistema muy peculiar que existe para que los
profesionales puedan cobra sus honorarios el que los desfavorece enormemente,
dado que con un juez de tres diga que corresponde el alza, no ha lugar el cobro
de dichos honorarios que en estos casos los deberían pagar las Isapres. Siempre son tres los jueces que
dirimen y posteriormente emiten sus fallos, si los tres dictaminan que no ha
lugar el aumento del plan, el abogado tiene derecho a cobrarle sus honorarios a
la Isapre, pero si uno de los jueces dictamina que corresponde el aumento,
aunque el juicio lo pierda la Isapre no corresponde cobrar honorarios, es decir
el fallo debe ser unánime (los tres) para que pueda existir cobro.
Si las cartas anuales
que se les envía a los usuarios por readecuación de los costos (alza en los
planes) la pregunta que puede surgir es ¿a los que usan poco o nada el sistema,
les mandan cartas para rebajarles los costos?
Un cotizante que en su
vida laboral (profesional principalmente) fue tope, es decir ganó mensualmente
64 Uf o más, le entrego a las Isapres aproximadamente 140 millones de pesos,
éstas en ”agradecimiento” al final de su vida laboral lo invitan a rebajarle
los beneficios de su plan de salud, a aumentarle considerablemente el costo o
sencillamente que se retire y se vaya a FONASA.
Por último recordar que
con el cambio de sistema el año 83, del uno % que pagábamos en el sistema
antiguo se nos subió a un siete % o más.
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