Chile - Trabajadores obligados a firmar carta que exculpa a salmoneras

Posted by Correo Semanal on sábado, mayo 24, 2008

Los operarios que realizan labores de traslado de salmones estarían siendo conminados a suscribir documento en el cual señala que ingresarán a la zona por voluntad propia, asumiendo todos los riesgos que ello implica. En la práctica se buscaría exculpar a la Autoridad Marítima, a las navieras y a las salmoneras en caso que ocurra un accidente laboral producto de la erupción del macizo. El Mostrador, 14 de mayo de 2008.
La denuncia la realizó el presidente de la Federación de Sindicatos Navieros (Fesimar), Héctor Santibáñez, quien presentó junto a Pedro Maldonado, secretario de la misma federación, un recurso de protección a favor de los trabajadores y tripulantes marítimos en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
En la práctica se buscaría exculpar a la Autoridad Marítima, a las navieras y a las salmoneras en caso que ocurra un accidente laboral producto de la erupción del macizo, de acuerdo a la información proporcionada por el centro Ecoceanos.
“Hemos tenido conocimiento que las empresas Navieras, están haciendo firmar un documento a los tripulantes, que exime a la empresa, de toda responsabilidad, ante cualquier desgracia o tragedia que les suceda en el lugar, ya que dicho documento en su parte inicial establece que cada tripulante va en forma voluntaria a la zona de exclusión, y lo que es más grave aún, si un trabajador se niega a firmar dicho documento, ha sido amenazado con ser despedido”, sostiene el recurso.
En ese sentido, asegura que “el hecho de enviar a trabajadores o tripulantes o obligarlos a que concurran a trabajar a la zona de exclusión, constituye una irresponsabilidad por decirlo menos, y es un atentado a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado”.
Similitud con maremoto de Aysén
Una situación similar la vivieron los obreros de las empresas salmoneras que operaban en el Fiordo Aysén tras el terremoto que afectó a la zona en 2007 que generó olas gigantescas que arrasaron con centros de cultivos, provocando el desaparecimiento de cuatro trabajadores.
En aquella oportunidad dirigentes sindicales denunciaron que para ingresar a trabajar a este lugar, se les obligó a formar una declaración en la que se hacían responsables de laborar en forma voluntaria y ha asumir los riesgos ante una situación de catástrofe.
En la ocasión, el ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade, obligó al director regional del organismo de ese entonces, René Haro Delgado, a emitir un oficio que explicaba que el documento aunque sea firmado de mutuo acuerdo entre las partes, “no exime a las empresas de responsabilidades laborales, civiles, y eventualmente penales que procedan con ocasión de un accidente laboral”.
“La Ley de Subcontratación establece claramente que la responsabilidad respecto a higiene y seguridad en la faena, corresponde a la empresa mandante. Ni siquiera es una responsabilidad de la empresa contratista o subcontratista”, sostuvo el secretario de Estado.
Dirección del Trabajo
La Dirección Nacional del Trabajo concuerda en la similitud de ambos hechos. La encargada de la Unidad de Condiciones y Medio Ambiente de este organismo público, Adriana Moreno, señaló a la ONG que “tal cual como en aquella oportunidad, tras una denuncia de una organización de trabajadores corresponde reiterar que los derechos laborales son irrenunciables mientras subsista el contrato de trabajo”.
"Es el empleador quien debe tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales", agregó la profesional.
Precisó que “esto significa que los trabajadores no pueden asumir los riesgos eximiendo de su responsabilidad y obligaciones al empleador. Cualquier documento firmado entonces, en este sentido y en forma voluntaria por algún trabajador o trabajadora carece de eficacia jurídica, es decir, no exime a las empresas de las responsabilidades laborales, civiles y penales que eventualmente correspondan por algún accidente laboral”.
Doble Estándar
La ley a través del artículo 187 del Código del Trabajo estipula que "no podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o su seguridad".
Sin embargo, "se autoriza a las industrias salmoneras a mover sus peces corriendo el riesgo de perder vidas humanas, pero no se autoriza a los agricultores y a los ciudadanos a sacar sus cosas. Entonces hay un doble estándar", declara la Federación de Sindicatos Navieros (Fesimar).
Si bien la Autoridad Marítima es el ente encargado de gestionar el permiso que las empresas salmoneras requieren para realizar el traslado de los peces, para los trabajadores navieros esto no tiene "ninguna validez, porque hay un mandato judicial, con orden de no innovar, y que dice que nadie puede entrar" a Chaitén.
En ese sentido, los dirigentes aseguran que "la Autoridad Marítima está contraviniendo lo emanado del Tribunal de Puerto Montt en cuanto a que no puede entrar nadie a la zona de exclusión de 80 kilómetros".
El Secretario General de la Federación de Sindicatos Navieros, Pedro Cáceres, aseguró que “están vulnerando gravemente el derecho de los trabajadores y es una práctica tremendamente ilegal. Las salmoneras son las empresas mandantes y deben asumir responsabilidades por esta denuncia”. Además, los dirigentes reclaman que “la Directemar no está cumpliendo con la misión de salvaguardar la vida humana en el mar” e incluso denuncian” abandono de deberes” y “tráfico de influencia”.
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Fuente: Terram
Reproducido de El Ingenio, boletin FESIN